Plazas para centros educativos , que deseen acoger a un/a docente extranjero/a para el curso 2023/2024.


02 Jun, 2023

  • Resolución de 19 de mayo de 2023, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan plazas para centros educativos de Educación Infantil y Primaria, Enseñanza Secundaria, Formación Profesional o de Enseñanzas de Régimen Especial, que deseen acoger a un/a docente extranjero/a para el curso 2023/2024.

    La presente resolución tiene como objeto la elaboración de una relación de centros educativos dispuestos a acoger, si fuera posible, a profesorado de Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Irlanda, Italia, Malta, Noruega, Países Bajos, Portugal, Reino Unido, Suecia y Suiza para la realización de una estancia profesional europea en el conjunto del territorio del Estado español.

  • 2.1 Los centros educativos interesados en participar en este programa podrán hacerlo en una de estas dos modalidades:

    a) Modalidad A. Como centro de acogida para un/a docente ya identificado/a, procedente de alguno de los países incluidos en esta resolución, y que esté participando en un programa de movilidad profesional en su país de origen.

    b) Modalidad B. Como centro que desea acoger a un/a docente de alguno de los países incluidos en esta resolución, que le sea asignado a través de este procedimiento, si fuera posible. En ninguna de las dos modalidades se recibirá ayuda o compensación económica ni se asegura que la asignación pueda finalmente llevarse a cabo.

    2.2 La acogida se realizará en período lectivo durante el curso escolar 2023/2024, por una duración de dos semanas. De manera excepcional, cuando el programa del país desde el que participa el docente acogido contemple otra duración para la estancia, se podrá flexibilizar el periodo de permanencia en el centro, de una a tres semanas, teniendo en cuenta que las condiciones de certificación serán las mismas.

    2.3 Solamente se podrá asignar un/a docente por centro educativo. En casos excepcionales, relacionados con la demanda, se podrá valorar la posibilidad de que el centro reciba a más de un docente.

    2.4 La estancia profesional se desarrollará de acuerdo a un plan de actividades consensuado por ambas partes y en ningún caso conlleva la obligatoriedad de impartir docencia.

    2.5 Una vez asignado/a un/a docente a un centro, el equipo directivo designará a un miembro del claustro para que coordine la acogida. La figura de la persona coordinadora de la acogida es crucial en lo que respecta a la organización, el desarrollo y la difusión de la experiencia, por lo que es de especial relevancia definir y reconocer las funciones del o de la docente que ejerce la responsabilidad de que la experiencia sea fructífera para el profesorado que nos visita y los centros que participan.