PROTOCOLO DE PREVENCIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LOS SERVICIOS COMPLEMENTARIOS, ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES Y OTRAS ACTIVIDADES PERMITIDAS EN LOS CENTROS EDUCATIVOS DE CASTILLA Y LEÓN PARA EL CURSO ESCOLAR 2021/2022

 

Una vez que ha sido publicado el Protocolo de Prevención y Organización de los centros educativos para el curso escolar 2021-2022, se hace preciso concretar algunos de los aspectos en él recogidos, que por su singularidad o especificidad requieren de un mayor detalle, como son la gestión de los servicios complementarios de comedor y transporte, así como la ampliación de las medidas para la realización de determinadas actividades que se desarrollan en los centros educativos relativas a madrugadores, tardes en el cole o el desarrollo de las actividades extraescolares u otras actividades permitidas en los centros educativos. Todo ello sin menoscabo del cumplimiento del resto de medidas recogidas en el Protocolo que sean de aplicación en las aulas o espacios en las se presten los servicios o se desarrollen las actividades anteriormente señaladas.

1.- Comedores.

En la prestación de los servicios de comedor será obligatorio el cumplimiento de todas las medidas del presente protocolo, así como todas aquellas que sean de aplicación del Protocolo de organización y prevención en los centros educativos de Castilla y León para el curso escolar 2021/2022.

La organización del comedor escolar garantizará las medidas de higiene y el distanciamiento de 1,5 m entre el alumnado. Se zonificará el espacio según los grupos estables de convivencia que se hayan organizado en el centro para evitar en la medida de lo posible la interacción entre ellos, procurando, en lo posible, que el alumnado ocupe siempre el mismo lugar en el comedor.

En todos los comedores escolares deberá estar disponible gel hidroalcohólico, tanto en la entrada del mismo, como en aquellos lugares donde sea preciso.

De forma concreta se establecen las siguientes medidas:

  1. En caso de necesidad se establecerán diferentes turnos en el comedor y se organizará el acceso con el fin de evitar aglomeraciones y el cruce del alumnado. Se definirán los recorridos de entradas y salidas, señalizándolos y colocando barreras físicas donde sea preciso. Se debe adaptar el uso de material colectivo (bandejas, cubiertos, jarras de agua, etc.) para limitar al máximo los contactos.
  2. En el caso de comedores con varios turnos, se establece la posibilidad de realizar para el alumnado de infantil un turno inicial previo. De esta forma se puede ampliar en otro turno más los ya existentes.
  3. Con respecto a alumnos usuarios de comedor, transporte escolar y madrugadores se deben agrupar en el mismo turno siempre que se cumplan las medidas de distanciamiento interpersonal y tendrán prioridad en el primer turno de comedor, con la finalidad de gestionar con la mayor eficacia posible las diferentes rutas de transporte existentes.
  4. Cuando existan varios turnos de comedor, durante el tiempo de espera se respetarán las normas establecidas en este protocolo y en especial las relativas a la gestión de movimientos en el centro o gestión del patio entre otras. La vigilancia de los alumnos en el tiempo de espera entre turnos será realizada por el personal de comedor, siendo en caso necesario ampliado el número de cuidadores.
  5. Se organizará el lavado de manos con agua y jabón antes y después de la comida. Se aconseja la recogida escalonada del alumnado para evitar aglomeraciones en los baños.
  6. Las ratios de alumnado monitor no se verán afectadas por la formación de grupos estables de convivencia. En la medida de lo posible y si el número de alumnos lo permite, un mismo monitor atenderá a un único grupo estable. En caso que el número de alumnos de un grupo estable sea inferior a la ratio que rige el contrato, un mismo monitor puede atender a varios grupos estables manteniendo las medidas de protección de forma rigurosa entre la atención a los diferentes grupos.
  7. Se realizará la limpieza y desinfección con los productos y pautas señaladas por las autoridades sanitarias. Entre cada turno de comida será obligatorio la higienización de todos los elementos de contacto. Se deberá ventilar el comedor entre turnos y tras el servicio, antes de la llegada del alumnado.
  8. Se realizará una distribución de los alimentos y del agua que evite los contactos.
  9. Se recordará continuamente al alumnado la necesidad de respetar las distancias de seguridad antes, durante y después de la comida. Se insistirá en que no se puede compartir la comida, el agua, los cubiertos, etc.
  10. Si fuera imprescindible mantener el uso de grifos o fuentes de uso común para la distribución del agua, se dispondrá de gel hidroalcohólico para desinfectarse antes y después de su uso.
  11. Grupos estables de convivencia:
    • En los comedores se delimitarán zonas específicas para los grupos estables de convivencia, garantizándose que entre cada uno de ellos haya una distancia de 1,5 m.
    • Con el fin de respetar el distanciamiento entre grupos de convivencia estables y el resto del alumnado del centro educativo que utilice el servicio de comedor, además de la posibilidad de establecer varios turnos, podrán utilizarse medios físicos de separación cuando no pudiera mantenerse la distancia de 1,5 m de distanciamiento.
  12. Los comensales esporádicos podrán hacer uso del comedor en los casos en los que exista espacio suficiente para garantizar el cumplimiento del protocolo. En la aplicación de comedores se reflejará el número de plazas disponibles en cada centro. Asimismo, deberá advertirse al inicio del curso escolar esta circunstancia para general conocimiento de las familias del alumnado.

2.- Transporte.

El aforo del transporte escolar colectivo no se verá reducido, siendo obligatorio el uso de mascarilla a partir de los 6 años de edad, sin perjuicio de las exenciones previstas en el ordenamiento jurídico, y recomendable de 3 a 5 años. Cada alumno utilizará durante todo el curso académico el asiento que se le asigne, siendo además obligatorio el cumplimiento de todas las medidas recogidas en el presente protocolo.

Para la organización del transporte escolar las direcciones provinciales de educación, a través de las comisiones provinciales correspondientes, harán seguimiento y marcarán pautas para la coordinación que los directores de los centros, en el ámbito de su competencia, establezcan con los contratistas responsables de las rutas de transporte las posibles adaptaciones y flexibilización de horarios que pudieran derivarse de la aplicación del presente protocolo.

De forma concreta se establecen las siguientes medidas:

  1. El alumnado esperará en la parada del autobús, manteniendo la distancia de 1,5 m y en el orden necesario para acceder al mismo por la puerta delantera y según la distribución prevista desde atrás hacia delante del autobús, en el asiento que cada alumno tenga preasignado. Para la bajada se hará en orden inverso desde los primeros asientos, sin aglomeraciones y saliendo al pasillo del autobús, en calma, solamente cuando toque bajar.
  2. Hay que tener en cuenta en los horarios establecidos en el centro, que la entrada y salida del transporte en cada parada existente en la ruta implicarán una mayor duración para evitar las aglomeraciones y por lo tanto deben computarse estos tiempos extras junto con el total del recorrido y ajustarse de forma prioritaria el alumnado transportado en la distribución de las entradas y salidas escalonadas a organizar por cada centro.
  3. Todos los autobuses dispondrán de un dispensador de gel hidroalcohólico para la desinfección de manos del alumnado.
  4. Los vehículos que realicen varios viajes en diferentes turnos horarios deberán hacer la limpieza, desinfección y ventilación del mismo antes de cada turno de usuarios. En este supuesto, para la realización de las tareas de limpieza y desinfección se tomarán como referencia los criterios que en su día fueron exigidos, durante el estado de alarma, a través de la Orden FYM/298/2020 de 12 de marzo (BOCYL nº 51 de 13 de marzo) y que en relación con los vehículos se centraban en "La desinfección diaria de superficies y puntos comunes al tacto tanto para las personas usuarias como para los trabajadores (puesto de conducción y cobro, salpicadero, repisas, asideros, barras de sujeción, agarraderas, posabrazos y asientos, marcos inferiores de ventanas, mandos de apertura y canceladoras, etc.), así como la eliminación diaria de desechos.", prescribiendo asimismo que "La desinfección se realizará con desinfectantes de uso público en general, como la lejía o con una solución de hipoclorito sódico que contenga 1.000 ppm de cloro activo (dilución 1:50 de una lejía con concentración 30-50 gramos por litro, preparada recientemente)."

3.- Madrugadores y tardes en el cole.

En la prestación de los servicios de madrugadores y tardes en el cole será obligatorio el cumplimiento de todas las medidas del presente protocolo, así como todas aquellas que sean de aplicación del Protocolo de organización y prevención en los centros educativos de Castilla y León para el curso escolar 2021/2022.

  1. En relación al acceso al centro, los monitores responsables deberán estar en el centro diez minutos antes del comienzo del programa para proceder a la ventilación del aula o de las aulas donde se vaya a desarrollar, así como para la organización de los espacios en la misma.
  2. El acceso será controlado en todo momento por los monitores, pudiendo el centro establecer horarios escalonados en el acceso y salida a las aulas asignadas para evitar aglomeraciones, siendo en caso necesario ampliado el número de monitores.
  3. Los alumnos pertenecientes a un grupo estable de convivencia ocuparán preferentemente una única aula por grupo si el número de estos está acorde con la ratio establecida para cada monitor. En caso de una ratio inferior, en cada aula se establecerá una zona diferenciada y señalizada para los alumnos de cada grupo estable, manteniendo la distancia de seguridad respecto a otros grupos estables u otros alumnos evitando la interacción entre ellos y pudiéndose utilizar en caso de necesidad medios físicos de separación.
  4. En el caso de grupos completos de alumnos, estables o no estables, que acudan al servicio de madrugadores se podrán utilizar sus aulas de referencia para la prestación de dicho servicio.
  5. Se evitará el uso compartido de materiales, que deberán estar almacenados en lugares específicos para cada grupo, reduciendo en la medida de lo posible el uso de materiales no desechables y utilizando en caso de necesidad materiales exclusivos para cada alumno (lapiceros, pinturas, cuadernos, etc.).
  6. La limpieza de las aulas utilizadas para estos servicios será realizada después de cada uso. Se procurará, en la medida de lo posible, la utilización de espacios que no sean utilizados para la docencia con alumnos. En el supuesto de que las aulas de madrugadores/tardes en el cole, sean también destinadas a la impartición de docencia, se prestará especial atención a la limpieza de las mismas después de cada uso, ampliando en caso necesario el número de limpiadores.
 

4.- Actividades extraescolares.

A.- Medidas Generales

  1. Siempre que las condiciones sanitarias lo permitan se autorizará la realización de actividades extraescolares (en adelante actividades) en los centros educativos en el curso 21-22 con el obligado cumplimiento de todas las medidas recogidas en el presente protocolo, así como todas aquellas que sean de aplicación, del Protocolo de prevención y organización de los centros educativos de Castilla y León para el curso escolar 2021/2022, así como aquellos aspectos especificados en los planes de contingencia, inicio y limpieza definidos en cada centro educativo.
  2. En la medida de lo posible se priorizará que las actividades extraescolares puedan desarrollarse al aire libre. En el caso de actividades extraescolares a desarrollar en el interior de los centros educativos se tendrán en cuenta las ratios máximas establecidas en el presente protocolo, así como el cumplimiento estricto de todas las medidas contempladas en los protocolos vigentes, en especial la obligatoriedad del uso de mascarillas desde los 6 años de edad, el mantenimiento de la distancia de seguridad de 1.5m y la ventilación de los espacios.
  3. El responsable de actividades extraescolares del centro junto al responsable COVID del mismo, velarán para que la planificación de las actividades extraescolares independientemente de quienes sean los promotores u organizadores de la misma, se realicen en base a lo establecido en el apartado anterior, en colaboración con los responsables de cada una de las actividades extraescolares que se desarrollen en el centro educativo.
  4. En el supuesto que una entidad, asociación o empresa promotora desarrolle más de una actividad extraescolar en un mismo centro educativo, nombrará un coordinador de actividades extraescolares, que coordinará a los responsables de cada actividad, supervisará el cumplimiento de las medidas contempladas en los protocolos establecidos en las actividades encomendadas y será el interlocutor con el centro educativo para el desarrollo de las actividades extraescolares.

Se define la figura del responsable de la actividad como la persona que desarrolla la actividad extraescolar, que es responsable del grupo de alumnos que participan en la actividad. Esta persona está obligada al cumplimento de los aspectos contemplados en los protocolos establecidos y tiene que conocer y aplicar el plan de contingencia COVID del centro educativo donde se desarrolla la actividad.

  1. Todas las personas externas al centro educativo que tuvieran que acceder al mismo, para desarrollar actividades extraescolares cumplirán con todas las medidas del Protocolo de prevención y organización de los centros educativos de Castilla y León para el curso escolar 2021/2022, así como en todo lo recogido en el presente protocolo

B.- Medidas específicas

B1.- Tipos de agrupamientos

Los agrupamientos permitidos en las actividades extraescolares realizadas en el centro educativo son:

  • Para los grupos de educación infantil y 1º de educación primaria se mantendrán exclusivamente los grupos de convivencia estable definidos. No obstante, estos grupos podrán compartir un mismo espacio respetando la distancia de seguridad y sin mezclarse entre ellos.
  • El resto de grupos que se conformen (en adelante grupos conformados) por las características de las actividades, deberán mantenerse constantes mientras dure la actividad para minimizar los contactos y facilitar la trazabilidad. Los alumnos de los grupos conformados pertenecientes a diferentes grupos de referencia escolar (niveles o clases) mantendrán la distancia de seguridad y realizarán las actividades sin mezclarse entre ellos. En todo caso el espacio donde se realice la actividad permitirá cumplir la distancia de seguridad de 1.5m.
  • Se procurará que los responsables de cada grupo sean siempre los mismos a lo largo de todo el curso. Una misma persona puede estar al cargo de grupos diferentes para desarrollar una actividad en horas o días diferentes.
  • La trazabilidad se llevará mediante un registro diario de la asistencia que deberá conservarse al menos durante un mes.

B.2.- Requisitos de participación

Para participar en una actividad extraescolar un alumno cumplirá con los siguientes requisitos

  • Presentar una declaración responsable al responsable de la actividad extraescolar, conforme al modelo que aparece en el Portal de Educación (https://www.educa.jcyl.es/es/institucional/crisis-coronavirus/crisis-coronavirus-protocolos-resoluciones-guias/declaracion-responsable-cumplimentar-padre-madre-tutor), firmada por el padre, la madre o el tutor del alumno, del cumplimiento de las condiciones para participar en las actividades extraescolares y que será remitida al responsable COVID del centro educativo. Todas las familias y participantes serán informados de las medidas higiénico-sanitarias que se van a tomar mediante una circular, elaborada por los responsables de la actividad extraescolar, antes del inicio de la actividad.
  • Como norma básica no podrán asistir al centro ni a las actividades extraescolares aquellos alumnos, docentes y otros profesionales que tengan síntomas compatibles con COVID-19, así como aquellos que se encuentren en aislamiento por diagnóstico de COVID-19, o en período de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto estrecho con alguna persona diagnosticada de COVID-19.
  • En el caso de actividades en aulas, el alumno utilizará, en la medida de lo posible, durante todo el curso académico el mismo lugar en la actividad extraescolar, siendo además obligatorio el cumplimiento de todas las medidas recogidas en los protocolos vigentes.

B.3.- Condiciones de realización

  1. Los centros educativos, a través del responsable de actividades extraescolares y el responsable COVID, colaborarán con las AMPAS y entidades organizadoras en la estructura y distribución de las actividades extraescolares, garantizando el cumplimiento del plan de contingencia del centro educativo y lo señalado en los protocolos vigentes.
  2. En relación al acceso al centro, el responsable de cada actividad deberá estar en el centro diez minutos antes del comienzo del programa para proceder a la ventilación del aula o de las aulas donde se vaya a desarrollar las mismas, así como para la organización de los diferentes espacios.
  3. El acceso de los alumnos a las diferentes actividades será controlado en todo momento por el responsable de la actividad, debiéndose establecer horarios escalonados en el acceso y salida a las aulas, si así lo requiere la actividad, para evitar aglomeraciones.
  4. Siempre que sea posible, cada responsable de la actividad recogerá los niños participantes a la salida de su respectiva aula donde se encuentre previamente al desarrollo de la actividad. Y cuando esto no sea posible, se habilitará un punto de encuentro fijo para cada grupo.
  5. Se recomienda que cada participante sea llevado y recogido en el centro educativo por una sola persona adulta. Los acompañantes esperaran en el exterior del centro educativo.
  6. Todas las actividades deportivas extraescolares, independientemente de por quién estén organizadas, cumplirán con las medidas establecidas para las actividades deportivas contempladas en el Protocolo de organización y prevención en los centros educativos de Castilla y León para el curso escolar 2021/2022. Así mismo serán de aplicación de forma específica las siguientes medidas:
    • Se permite el desarrollo de actividades extraescolares de carácter deportivo individual y colectivo, que no impliquen un contacto físico continuado.
    • Se establece un máximo de 30 alumnos para la práctica deportiva de forma simultánea.
    • Las actividades deportivas colectivas se desarrollarán preferentemente al aire libre, pudiéndose realizar en instalaciones cerradas siempre que las condiciones sanitarias lo permitan.
    • Para la práctica de las actividades deportivas colectivas será obligatorio del uso de mascarilla.
    • El material deportivo de uso comunitario deberá ser desinfectado de forma regular.
    • En la medida de lo posible se minimizará el uso de los vestuarios.
  7. En las actividades extraescolares musicales, siempre que haya instrumentos de viento, voz, canto o coro se aumentará la distancia interpersonal lo máximo posible. Además de la ventilación antes y después de la actividad extraescolar, se realizará la ventilación natural del espacio al menos cada media hora. En todo caso en las actividades de voz, canto o coro será obligatorio el uso de mascarilla.
  8. Los materiales que se utilicen en una actividad por un grupo conformado se desinfectaran después de su uso, para ser utilizado posteriormente por otro grupo distinto. Dentro de un grupo de convivencia estable o un grupo conformado, se evitará, en la medida de lo posible, el uso compartido de materiales, reduciendo el uso de materiales no desechables y utilizando en caso de necesidad materiales exclusivos para cada alumno (lapiceros, pinturas, cuadernos, etc.).
  9. La limpieza y desinfección de los materiales y mobiliario utilizado en las actividades será asumida por parte de la entidad, asociación o empresa promotora de la actividad. Se procurará, en la medida de lo posible, la utilización de espacios que no sean utilizados para la docencia con alumnos. En el supuesto de que las aulas para actividades, sean también destinadas a la impartición de docencia, se prestará especial atención a la limpieza de las mismas después de cada uso.
  10. En el caso de entidades promotoras de actividades extraescolares, darán a los responsables de la actividad la formación específica y les proporcionarán las medidas de protección necesarias.
  11. Al responsable de la actividad le corresponde vigilar que todos los usuarios de las actividades cumplan todas las medidas contempladas en este protocolo.
  12. En el caso de que entre el alumnado o los responsables de la actividad se detecte alguno de los síntomas del COVID 19, la entidad, asociación o empresa que organiza la actividad deberá actuar conforme a lo establecido en la Guía de Sanidad que se encuentra en el siguiente enlace:

Protocolo centros educativos | Ciudadanos (saludcastillayleon.es)Este enlace se abrirá en una ventana nueva

 

5.- Desarrollo de otras actividades autorizadas en los centros educativos.

En lo relativo a la organización de otras actividades, puede haber medidas que limiten el desarrollo de ciertas actividades o metodologías, que se podrán flexibilizar, adaptándose al momento epidemiológico, siendo más o menos restrictivas según la valoración riesgo-beneficio del momento, como el desarrollo de actividades complementarias fuera del centro, campeonatos deportivos, certámenes, festivales culturales, etc. En todo caso, los centros deberán consultar previamente, con su inspector o inspectora de referencia, la puesta en marcha de cualquier actividad que pudiera suponer el incumplimiento de cualquiera de las medidas recogidas en el presente protocolo.

Se permitirá que durante los meses de septiembre y junio, correspondientes al curso académico 2021/2022, las AMPAS organicen actividades de conciliación, siempre que las mismas cumplan con las medidas establecidas en este protocolo y cualquier otro que les sea de aplicación.